A través de la resolución 2023-818 el organismo estableció:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la actualización del valor en los aranceles referidos a las prestaciones correspondientes al Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, de un CUATRO COMA CINCO POR CIENTO (4,5%) para todas las prestaciones, a excepción del valor del kilómetro de la prestación Transporte que se incrementa en un QUINCE PORCIENTO (15%) a partir de mayo de 2023, y un CINCO POR CIENTO (5%), acumulativo, para el mes de junio de 2023 para todas las prestaciones, conforme se detalla en el Anexo I.
ARTÍCULO 2°.- Reconocer un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico de las Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad aprobado en el artículo precedente, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que los valores que surgen del Anexo I aprobado en el Artículo 1º de la presente son referenciales y aplicables hasta los montos resultantes.