El jueves 19 de enero, a través de la resolución 70/2023, la Agencia Nacional de Discapacidad aprobó un nuevo formulario para el Certificado Médico Oficial (CMO). El mismo entrará en vigencia a los 15 (QUINCE) días desde la publicación de la presente medida.
Los CMO emitidos con anterioridad a la entrada en vigencia del nuevo formulario, deberán ser completados y presentados dentro del año de entrada en vigencia de la presente medida. Vencido dicho plazo, deberá solicitarse nuevo formulario para su posterior confección por parte del profesional médico o de la profesional médica.
La resolución contempla, además:
◻ Nuevos lineamientos para el proceso de inicio, cruces y validaciones de los trámites de las Pensiones No Contributivas por Invalidez.
◻ Nuevos criterios de determinación del estado socio-económico y de vulnerabilidad atinentes al proceso de otorgamiento, denegación, suspensión y/o caducidad de las Pensiones No Contributivas por Invalidez.
◻ La presente medida resultará de aplicación para todo trámite de Pensión No Contributiva por Invalidez instituida en el Art. 9° de la Ley N° 13.478, que se inicie a partir de la misma o que se haya iniciado con anterioridad, en cuyo caso continuará según su estado.