Se publicó en el Boletín oficial la resolución n° 12 con los nuevos valores de nomenclador.
El incremento del cuatro por ciento (4 %) no acumulativo establecido mediante Resolución Conjunta N° 10/21 del Ministerio de Salud y la Agencia Nacional de Discapacidad, previsto a partir del 1° de octubre de 2021, se hará efectivo a partir del 1° de septiembre del corriente año.
Luego, el treinta por ciento (30 %), se aplica desdoblando tal incremento en tres tramos acumulativos según el siguiente esquema: diez por ciento (10 %) a partir del 1° de octubre de 2021, diez por ciento (10 %) a partir del 1° de noviembre de 2021 y diez por ciento (10 %) a partir del 1° de febrero de 2022.
Es importante destacar la conquista histórica que significa el incremento establecido para las prestaciones de Hogar con Centro de Día y Hogar con Centro Educativo Terapéutico, que se compone sumando los valores de las dos prestaciones por separado.
Este, es el resultado de muchos años de compromiso y lucha del sector.
