El 18 de mayo de 2026, el Juzgado Federal de Córdoba N.° 3, a cargo del juez Miguel Hugo Vaca Narvaja, dictó una medida cautelar contra Incluir Salud —dependiente del Ministerio de Salud de la Nación— y el PAMI, ordenando regularizar en un plazo de 72 horas la cadena de pagos a prestadores que atienden a personas con discapacidad titulares de pensiones no contributivas.
La resolución se da en el marco de un amparo colectivo presentado en Córdoba (Expte. 10474/2026) por la Dra. Marta Lastra, también mamá de niños con discapacidad. La acción judicial denuncia las graves consecuencias que generan las demoras en los pagos: interrupción de terapias, suspensión de prestaciones y falta de entrega de medicamentos.
La medida cautelar tendrá vigencia durante seis meses o hasta que exista sentencia firme, y alcanza a todos los prestadores involucrados.
En su resolución, el juez cita expresamente el antecedente del Juzgado Federal de Campana del 12 de diciembre de 2025 (causa FSM 44035/2025), que declaró inválido el artículo 2 del Decreto 681/2025 y ordenó aplicar la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad.
El Estado sostuvo que las demoras responden a un “reordenamiento estructural”, al traspaso administrativo del programa al Ministerio de Salud y a procesos de regularización en curso. Sin embargo, el tribunal consideró acreditado el incumplimiento a partir de hechos concretos presentados por los prestadores.
Entre ellos, se destacó la denuncia del Pequeño Cottolengo Don Orione, que informó pérdidas millonarias derivadas de intereses fiscales y la interrupción en la entrega de medicamentos durante varios meses de 2026.
La resolución judicial vuelve a poner en evidencia la profunda crisis que atraviesa el sistema de prestaciones para personas con discapacidad y la necesidad urgente de garantizar la continuidad de apoyos, tratamientos y servicios esenciales.
