El Ministerio de Salud, a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad, dictó la Resolución 1/2026, que dispone el inicio del proceso de conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la Ley N.º 27.793 hacia la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
La resolución establece que la conversión se realizará de oficio, es decir, sin necesidad de que las personas titulares realicen una solicitud, mediante un procedimiento administrativo que deberá ser uniforme, trazable y auditable, y que contempla el resguardo del derecho de defensa.
¿Cómo se implementará el procedimiento?
Según lo dispuesto en el Anexo I de la resolución, el proceso contempla las siguientes etapas:
- Identificación de las pensiones alcanzadas por el régimen de conversión.
- Relevamiento y cruce de información con registros oficiales.
- Clasificación de los casos en distintos universos operativos:
- Conversión simplificada, cuando no se detectan inconsistencias.
- Conversión con validación reforzada, ante incidencias menores.
- Conversión compleja, cuando se requiere la intervención de la persona titular para garantizar el derecho de defensa.
- Conversión simplificada, cuando no se detectan inconsistencias.
- Notificación a las personas titulares en los casos que corresponda, con un plazo de 30 días hábiles para presentar la documentación requerida.
- Registro de todas las actuaciones, garantizando la trazabilidad y la posibilidad de auditoría.
Hasta tanto se dicte el acto administrativo que formalice la conversión, las personas alcanzadas continuarán percibiendo el pago del beneficio de manera transitoria.
Desde Aiepesa exigimos que los organismos responsables actúen con celeridad, claridad, transparencia y sin demoras, garantizando:
- Información accesible y comprensible.
- Notificaciones fehacientes y respetuosas.
- Plazos razonables.
- Acompañamiento efectivo para el ejercicio del derecho de defensa.
Las pensiones no contributivas son un derecho fundamental y un sostén vital para miles de personas con discapacidad y sus familias. Su conversión no puede transformarse en una herramienta de ajuste ni generar más angustia e incertidumbre.
Desde Aiepesa continuaremos monitoreando la implementación de esta resolución y reclamando el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
